En Venezuela, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ha venido reiterando el deber del juez con competencia en materia de niños y adolescentes de decidir las autorizaciones de viaje a la luz del principio del bien superior del niño. Un ejemplo de ello es la decisión No. 0736 de 25 de octubre de 2017.
En esta sentencia, la Sala sostuvo que para tomar la decisión sobre la autorización de viaje, el juez debe hacerlo oyendo a los padres y al niño o adolescente, “…ponderando la necesidad y utilidad del viaje, la posibilidad de que el menor no sea desarraigado de su familia, ni que sea desnacionalizado al separarlo física e intelectualmente del país donde habita su familia o parte de ella”.