Nuestro caso del día fue decidido el 3 de diciembre de 2014, por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. Se trataba de un procedimiento de exequátur de una sentencia dictada el 23 de junio de 2010 en Naucalpan de Juárez, México. La sentencia mexicana confiere la custodia definitiva de su nieto a la sra. Reyna Patricia Suasnavar Cancino, residenciada en México, privando de su ejercicio a la madre, Karina Senaida Sierra Monasterios, residenciada en Venezuela, donde se encontraba residenciado también el niño al momento de la solicitud de exequátur.
La Sala de Casación Social negó el exequátur por considerar que su eficacia en Venezuela violentaría principios esenciales del orden público. Para ello, elaboró una serie de consideraciones argumentativas sobre la posibilidad de revisión del fondo de la sentencia extranjera y la institución del orden público internacional en relación con el interés superior del niño.
Seguir leyendo Venezuela: Orden público internacional en el exequátur y el interés superior del niño