Las medidas tomadas por los Estados frente a la declaratoria del COVID-19 como pandemia, por parte de la Organización Mundial de la Salud y la crítica situación económica en que han quedado personas y empresas debido a este fenómeno han tenido un profundo impacto en la contratación internacional.
Relaciones contractuales en suspenso y otras consideradas como de imposible cumplimiento han impulsado a académicos y estudiosos del Derecho a abordar el tema desde sus propias normas internas, muchas veces desprovistas de soluciones para estos casos, otras con regulaciones poco claras de la teoría de imprevisión o de la imposibilidad de cumplimiento.