Por Christoph Sachse*
El tribunal federal alemán (Bundesgerichtshof) confirmó en dos procedimientos de revisión las sentencias del Landgericht Frankfurt contra la República Argentina condenandola al pago resultante de bonos del Estado emitidos en 1996 y 1997 (sentencias del onceavo senado del tribunal, competente para casos –entre otros– de derecho bancario, 24. Febrero 2015, XI ZR 47/14, XI ZR 193/14). Aunque las decisiones no han sido aún publicadas, el Bundesgerichtshof ha anunciado la noticia a través de un comunicado oficial.
El Bundesgerichtshof negó la existencia de una regla general de derecho internacional público (Art. 25 GG) que exceptúe de la obligación de pago atraída frente a privados de un Estado en casos de insolvencia de ese Estado, es decir, según el tribunal, la emergencia pública financiera queda sin efectos frente acreedores privados y sus acciones de pago. En el derecho internacional público no existe el derecho de concurso, por consiguiente, Argentina está obligada al pago de esta deuda.
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